Para comenzar una nueva vida

abogados penal

Existe un procedimiento regulado por ley con el que conseguir el perdón de todas o parte de tus deudas.

Demuestra que tu pasivo es superior a tu activo y que te encuentras en situación de insolvencia.

Beneficiate de la protección que concede esta ley: paralización de embargos, condonación de la deuda, planes de pagos a tu medida…

Recibe asesoramiento de expertos que tan solo te recomendarán este proceso si realmente es tu solución.

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¿En qué consiste la Ley de segunda oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad (LSO) es un mecanismo jurídico introducido en España con el objetivo de permitir a las personas físicas, tanto autónomos como particulares, poder liberarse de sus deudas bajo determinadas condiciones, cuando se encuentran en una situación de insolvencia económica y no tienen la capacidad de hacer frente a sus obligaciones financieras. Esta normativa busca ofrecer un alivio a aquellos que, tras un error económico personal o empresarial, buscan reintegrarse en la vida social sin la carga insostenible de las deudas que no pueden pagar. 

En resumen, es una ley que permite que te perdonen tus deudas. Que te perdonen todas o parte de ellas dependerá de cada caso, por eso es conveniente hacer un estudio concreto de la situación personal de cada uno. 

¿Qué requisitos hay que cumplir para acogerse a la Ley de segunda oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad se diseñó específicamente para autónomos y particulares, ofreciendo una ruta legal hacia el descargo de deudas, lo que facilita un nuevo comienzo financiero para quienes se benefician de esta normativa. El marco legal detalla un conjunto de requisitos que deben satisfacerse para proceder con este mecanismo:

  • Estar en situación de insolvencia actual o inminente. Esto se traduce en que debes más de lo que tienes. 
  • No haber sido condenado por sentencia firme por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años. 
  • No tener sanciones graves por infracciones tributarias o de seguridad social. Este requisito se puede omitir si se ha pagado la responsabilidad civil derivada de la sanción. 
  • No ocultar ni facilitar información durante el proceso o no colaborar durante el mismo. Esto es lo que se considera no ser un deudor de buena fe. 
  • No haber sido parte de una declaración de concurso culpable de otra persona. 
  • No haber solicitado la exoneración del pasivo insatisfecho en los últimos 5 años o 2 años, en caso de haberlo hecho con plan de pagos. 

¿En qué podemos ayudarte en Beledé Abogados?

Si tienes dudas sobre si puedes o no acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad o crees que cumples con los requisitos, lo mejor es que un abogado experto en dicha ley, estudie tu caso y te de una opinión sincera y directa. Haremos todo lo que esté en nuestra mano para poder ayudarte. 

En Beledé Abogados te ofrecemos la ayuda de nuestros abogados expertos en deudas y sobreendeudamiento, un equipo humano y cercano que domina la materia para poder ayudar a cada día más gente que está en la misma situación que tú. 

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